Cómo seguir cotizando para la pensión sin tener un empleo

La Seguridad Popular define sus convenios particulares como esos suscritos de forma voluntaria por los trabajadores con la Tesorería General de la Seguridad Popular con el fin de producir, sostener o agrandar el derecho a las posibilidades de la Seguridad Popular, y con la obligación de abonar, a su única costa, las pagos que corresponden.

  • Trabajadores que abandonan el régimen de la Seguridad Popular al que están afiliados y no tienen la posibilidad de acogerse a ningún otro.
  • Trabajadores por cuenta extraña y autónomos afiliados a la Seguridad Popular, de 65 años o mucho más y haber cotizado a lo largo de 35 años o mucho más.
  • Multitrabajadores o multiactividades que cesan en una de sus ocupaciones por cuenta propia o extraña.
  • Trabajadores que entran a un nuevo puesto -por cuenta propia o por cuenta extraña- cuya remuneración suponga una base de cotización inferior a la media de 12 meses con en comparación con puesto en el instante previo.
  • Pensionistas en situación de incapacidad persistente total para su ocupación frecuente que, con posterioridad a la fecha de entrada en vigor de este ámbito, hayan desempeñado un trabajo, estén incluidos en un régimen del sistema de seguridad popular y se hallen en ciertas ocasiones previstas por la entidad para convenios particulares.
  • La gente desempleadas que perciban un subvención o subvención por desempleo en esta condición tienen la posibilidad de subscribir un convenio particular en el momento en que dejen de sentir estos subsidios. La gente desempleadas que perciban un subvención no van a poder pedir la suscripción de un convenio particular mientras que se hallen beneficiándose del mismo.
  • Los pensionistas declarados capaces o relativamente inválidos, tal como los inválidos permanentes o retirados, cuya pensión sea anulada en razón de sentencia estable.
  • Trabajadores a los que se les niega la pensión y que fueron dados de baja de la Seguridad Popular mientras que la pedían.
Aquí encontrarás

Condiciones para lograr cotizar sin trabajar

La primera cosa que tienes que tener claro es por consiguiente que esta es una situación de usados. El trabajador por cuenta propia no puede cotizar como tal sin ejercer su profesión. Solo esos que estando al tanto de sus pagos por mes podían llevarlo a cabo, no facturan los meses en que no tienen trabajo que realizar.

Una recomendación esencial para respetar estos pactos es que es conveniente llevarlo a cabo en el momento en que se acerque el instante de la jubilación o el pago de una prestación, si se puede predecir.

¿De qué manera puedo pedir esta oferta particular?

Si quiere pedir este convenio particular o este convenio voluntario, primero debe entrar a la sede electrónica de la Seguridad Popular. Una vez dentro, vas a deber dirigirte al apartado "Trabajadores" y bajar y dar el archivo llamado "TA 0040". Puedes ir allí de manera directa cliqueando aquí. Este formulario es el que te exponemos ahora. Para poder ver el archivo que vas a deber llenar, ve a la página 4.

Existe la oportunidad de cotizar sin trabajar, consistente en convenios destacables con la Seguridad Popular.

Un convenio particular con la Seguridad Popular es un convenio voluntario entre un trabajador y la TGSS (Tesorería General de la Seguridad Popular), que entrega a este trabajador la oportunidad de proseguir haciendo un trabajo a cambio del pago de una cotización por mes al el INSS (Centro Nacional de la Seguridad Popular).

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